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Auction 755, Lot # 64

DI - Valle, Pedro del.
Circulares. Secretaría de Gobierno del Departamento de Nuevo León.
a) "El Ecsmo. Sr. Gobernador está penetrado de que las fugas que se cometen con frecuencia de las cárceles del Departamento por los reos de mas consideración, las ocasiona en su mayor parte el descuido de las autoridades encargadas de su vigilancia…".
Monterrey 30 de Diciembre de 1837. Rúbrica.
b) "El Ecsmo. Sr. Presidente desea arreglar la expedición de pasaportes y cartas de seguridad de los estrangeros residentes en la República ó que viajan por ella, y cortar los abusos que se han advertido en este ramo de policía…".
Monterrey Enero 27 de 1839. Rúbrica.
c) "Estando ya para restablecerse la casa de beneficencia de esta ciudad, el E. S. Gobernador me manda diga á V.S. informe á la mayor brevedad el resultado de la circular en que se mandan recoger las limosnas de dicha casa, que ampliará á los efectos de primera necesidad como son maíz, frijol, piloncillo, carne; procediendo luego remitirlas para que llenen el objeto de su destino...".
Monterrey 10 de Febrero de 1838. Rúbrica.
d) "La Ecsma. Junta constitucional en sesión de ayer tuvo á bien aprobar la siguiente proposición con que concluye un dictamen de la comisión de consejo de gobierno. Los jueces de paz en los casos de grave desobediencia, ó falta de respeto igualmente grave, que contra ellos cometa cualquiera vecino de su demarcación, tienen expedito el recurso designado en el artículo 170 de la ley de 20 de marzo del año procsimo pasado, instruyendo previamente el sumario respectivo…".
Monterrey 17 de Marzo de 1838. Rúbrica.
e) "E. S. Siendo un deber de las autoridades superiores cumplir y hacer cumplir las leyes y decretos de las supremas, espera esta junta del celo de V. E. que tantos testimonios públicos. Ha dado del que le anima por el mejor servicio nacional, que dispondrá tenga el lleno debido el decreto de 27 del último Enero, especialmente en la parte en que previno se aumenten los fondos del Banco con los bienes de temporalidades y exclaustrados…".
Monterrey Marzo 31 de 1838. Rúbrica.
f) "La multitud de hombres desconocidos que se han introducido en el Departamento y penetrado hasta esta capital, dá á conocer al Gobierno que se ha descuidado notablemente por las autoridades de los pueblos la actividad y vigilancia con que han debido observar la prevención que contiene la órden de 13 de Mayo de 1837, sobre que bajo su mas estrecha responsabilidad pusieran en ejecución todas las disposiciones de policia…".
Monterrey 2 de Julio de 1838.
g) "Es de bastante consideración el número de holgasanes sin oficio ni beneficio que se há recogido en esta capital para destinarlos violentamente en beneficio público, cuyo número debe aumentarse con la remisión periódica que de esta clase de gente debe hacerse de los pueblos del Distrito á virtud de las disposiciones dictadas al efecto por esta superioridad…".
Monterrey 2 de Julio de 1838. Rúbrica.
Total de piezas: 7.
Estimado $10,000-12,000


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