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Subasta 710, Lote # 211 EH - PRIMERA EDICIÓN DE UN IMPORTANTE DOCUMENTO SOBRE EL INICIO DEL SISTEMA MONETARIO DEL MÉXICO INDEPENDIENTE, ESCASOS 5 MESES DESPUÉS DE LA CONSUMACIÓN DE LA INDEPENDENCIA. La Regencia del Imperio, Gobernadora interina, se ha servido dirigirme el Decreto que sigue. Dios guarde á V. muchos años. México 21 de Febrero de 1822. Segundo de la Independencia de este Imperio. Cuatro páginas, 2 1/2 impresas con gran calidad. 21 x 29.5 cm. En excelentes condiciones, único defecto que la 1/2 de la segunda hoja, página 3, está faltante, adonde no había texto. Conservada en hoja y folder especial, libre de ácidos. A continuación, transcribimos lo relevante de este importante y raro decreto: "La Regencia del Imperio, Gobernadora interina por falta del Emperador, á todos los que la presente vieren y entendieren, SABED: Que la Soberana Junta provisional gubernativa ha decretado lo siguiente: La Soberana Junta provisional gubernativa del Imperio, en atención á las ventajas que ofrece al público el libre curso de la moneda de Zacatecas, se ha servido decretar, y decreta. Lo primero. Que la regencia del Imperio haga se publique por Bando, haberse asegurado por un examen directo hecho por peritos imparciales, y con la mayor exactitud, de que la moneda fabricada en la nueva Casa de Zacatecas en el año de 1821, tiene todas las cualidades de ley, peso y estampa que previene la ordenanza. Lo segundo. Que en consecuencia de esto, ordene y mande, que la referida moneda de Zacatecas se reciba en las Tesorerías nacionales, Aduanas, y demás oficinas de la Hacienda pública, por su valor representativo, tal como si fuese fabricada en la casa de Moneda de México.". Hay un tercer artículo ordenando se organice la Casa de Moneda de Zacatecas, con las mismas ordenanzas de la Casa de Moneda de México. Firman varios personajes importantes del nuevo gobierno independiente: José María Fagoaga, Presidente de la Soberana Junta Provisional Gubernativa, Manuel de la Bárcena, Manuel Velázquez de León, Rafael Pérez Maldonado, Secretario de Hacienda, etc. S. A. S., D. Agustín de Iturbide es quien da la orden final de este decreto. Fue hasta agosto de 1822, cuando se empezaron a acuñar las primeras monedas del México independiente. Muy raro: WorldCat/OCLC: no. Encuentra 12 documentos de la Regencia del Imperio Mexicano, de diferente temática, del mismo año. Con No. 12826216, localiza un ejemplar con texto similar, impreso en Monterrey, N. L. pero no indica el lugar adonde se encuentra ubicado. ABPC: no. Garritz: no. Girón/Mora: no. Palau: no. Porrùa 1949: no. Abebooks a mayo, 2014: no. Estimado $20,000-25,000
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